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· Actualizado el 2026-09-11

Nueva propuesta de magistrado del Supremo: ¿hasta dónde llega el artículo 104 de la Constitución?

Contacto y correcciones

Corrección (2026-09-11): (1) hemos quitado del título, del resumen, del texto y de los pies de gráfico la expresión «la primera vez en 39 años», que no pudimos comprobar de principio a fin. (2) El artículo 104 de la Constitución solo regula tres cosas: la propuesta del presidente del Tribunal Supremo, el consentimiento de la Asamblea Nacional y el nombramiento por el presidente del país. Por eso hemos situado aparte la presentación de la solicitud de aprobación y la audiencia de confirmación, que corresponden a la Ley de la Asamblea Nacional y a la Ley de Audiencias de Confirmación. (3) Indicamos en el gráfico que la recomendación de candidatos se basa en el artículo 41-2, párrafos 6 y 7, de la Ley de Organización Judicial, y hemos cambiado el enlace de la fuente por una dirección donde ese texto sí se ve. (4) La proporción que resulta de dividir entre sí el número de firmantes de las dos declaraciones apenas tiene sentido: la hemos borrado del pie del gráfico. (5) Explicamos una vez por qué a Noh Tae-ak se le llama exmagistrado del Tribunal Supremo y a Lee Heung-gu magistrado del Tribunal Supremo, y anotamos con qué se comprobó la fecha del 18 de agosto. (6) Hemos reescrito las frases en palabras sencillas, para que las entienda un estudiante de secundaria, y hemos dejado igual las cifras, las fechas y las fuentes. Se conserva la fecha de publicación original (2026-09-04).

La presidencia no envió a la Asamblea Nacional la solicitud de aprobación (el documento que se presenta para pedir el consentimiento de la Asamblea) del candidato al Tribunal Supremo Son Bong-gi. En su lugar pidió al presidente del Tribunal Supremo que volviera a proponer un candidato. ¿Qué ley se aplica en este asunto y hasta dónde? Lo comprobamos separando uno por uno los comunicados oficiales y los textos legales.

Resumen en 3 líneas
  • El presidente del Tribunal Supremo propuso al candidato Son Bong-gi el 18 de agosto y, según la prensa, propuso al candidato Kim Seong-su el mismo día. El 28 de agosto la presidencia comunicó que no enviaría a la Asamblea Nacional la solicitud de aprobación del señor Son y que pedía una nueva propuesta, y que en cambio sí enviaría la del señor Kim.
  • El artículo 104, párrafo 2, de la Constitución fija tres cosas: el presidente del Tribunal Supremo propone un candidato, la Asamblea Nacional da su consentimiento y el presidente del país lo nombra. El comité que recomienda a los candidatos aparece en la Ley de Organización Judicial. El examen y la audiencia de confirmación, una vez que el documento llega a la Asamblea, aparecen en la Ley de la Asamblea Nacional y en la Ley de Audiencias de Confirmación.
  • Las valoraciones del tipo «la primera vez desde 1987» o «en 39 años» no se pudieron comprobar esta vez revisando todos los registros. Por eso este artículo explica solo el procedimiento y las cuestiones legales, y no da esa cifra por hecho firme.

El orden de los hechos que confirman los comunicados oficiales

El presidente del Tribunal Supremo, Cho Hee-dae, propuso por escrito al candidato Son Bong-gi el 18 de agosto de 2026. Según la prensa, propuso al candidato Kim Seong-su el mismo día. Para suceder al exmagistrado del Tribunal Supremo Noh Tae-ak presentó a Son Bong-gi, juez presidente de sala del Tribunal de Distrito de Daegu; para suceder al magistrado del Tribunal Supremo Lee Heung-gu presentó a Kim Seong-su, juez presidente de sala del Tribunal Superior de Seúl. A este paso, en el que el presidente del Tribunal Supremo presenta un candidato al presidente del país, se le llama propuesta. La fecha que confirma el briefing es el 18 de agosto, el día de la propuesta por escrito de Son Bong-gi. La fecha de la propuesta de Kim Seong-su no se pudo confirmar esta vez con un documento oficial, así que la anotamos tal como aparece en la prensa. Los títulos distintos de las dos personas, «exmagistrado del Tribunal Supremo» y «magistrado del Tribunal Supremo», siguen el briefing que la presidencia publicó el 28 de agosto. La página de avisos del Tribunal Supremo tampoco se abrió en esta comprobación. La fecha en que ambos dejaron el cargo no se comprobó aparte en este artículo.

En su briefing del 28 de agosto, la presidencia anunció que no enviaría a la Asamblea Nacional la solicitud de aprobación del señor Son. En su lugar pidió al presidente del Tribunal Supremo que volviera a proponer un candidato. Dio dos razones: que pasaron más de siete meses sin propuesta después de la recomendación del comité, en enero; y que la propuesta se hizo solo por escrito, sin una consulta real. Sobre el señor Kim dijo que se había llegado a un acuerdo tras consultarlo y que enviaría su solicitud de aprobación a la Asamblea Nacional. Esta es la explicación que dio la presidencia, no una sentencia dictada por un tribunal.

El procedimiento no cabe en un solo artículo de ley

Los textos legales que se aplican al nombramiento de un magistrado del Tribunal Supremo
1El comité de recomendación propone, por cada vacante, al menos el triple de candidatos (3 personas o más si es una plaza), y el presidente del Tribunal Supremo respeta el contenido de esa recomendación · Ley de Organización Judicial, artículo 41-2, párrafos 6 y 7
2El presidente del Tribunal Supremo presenta un candidato (propuesta) → la Asamblea Nacional da su consentimiento → el presidente del país lo nombra · Constitución, artículo 104, párrafo 2
3Examen, audiencia de confirmación y tramitación en el pleno, una vez que la solicitud de aprobación ha llegado a la Asamblea · Ley de la Asamblea Nacional, artículo 46-3; Ley de Audiencias de Confirmación, artículo 6
Esta polémica surgió en una fase en la que la propuesta ya estaba hecha pero la solicitud de aprobación aún no había llegado a la Asamblea
El artículo 104 de la Constitución no dice cuándo ni cómo presenta el presidente la solicitud de aprobación, ni cómo se celebra la audiencia de confirmación. Desde que el documento entra en la Asamblea, ese procedimiento lo fijan la Ley de la Asamblea Nacional y la Ley de Audiencias de Confirmación.

Por eso, agrupar los pasos 2 a 4 bajo «la Constitución», como hacía una versión anterior de este artículo, no encaja con los textos. La Constitución solo regula la relación de competencias entre tres instituciones. La recomendación de candidatos y la tramitación dentro de la Asamblea las fijan aparte otras leyes.

Lo que está escrito en la ley y lo que no

El artículo 104, párrafo 2, de la Constitución no dice en ninguna parte que el presidente del país y el presidente del Tribunal Supremo deban consultarse antes. Al revés, ese párrafo tampoco dice cuándo ni de qué modo debe el presidente enviar la solicitud de aprobación a la Asamblea Nacional. La presidencia explicó que consultarse por adelantado es una costumbre de respeto mutuo. Las declaraciones en contra y varias informaciones de prensa lo criticaron, en cambio, como una invasión de la facultad de proponer del presidente del Tribunal Supremo.

Ahora mismo hay dos cosas comprobadas: que una propuesta oficial y una petición oficial de nueva propuesta han chocado, y que el artículo 104 de la Constitución no recoge ningún trámite de consulta previa. Este artículo no decide cuál de las dos lecturas se ajusta a la Constitución.

El número de firmantes de una declaración no es una encuesta

El 2 de septiembre, Asia Economy informó de una declaración firmada por 84 juristas de la 14.ª promoción del Instituto de Formación Judicial. El 3 de septiembre, Law Times informó de una declaración firmada por 27 exalumnos de Derecho de la Universidad Nacional de Seúl, promoción de 1976. Esos dos números son solo el número de personas que firmaron cada declaración. No muestran cómo se reparten las opiniones en el conjunto del mundo jurídico.

El número de participantes en las dos declaraciones, según lo publicado
14.ª promoción
84 personas
Derecho SNU, 1976
27 personas
Esos dos números son el número de personas que firmaron cada declaración. Como son grupos distintos, no se suman ni se comparan como proporción. Los dos números son los valores que transmitieron las informaciones citadas arriba.

En qué se diferencia el caso de Estados Unidos

El Servicio de Investigación del Congreso (CRS) de Estados Unidos contabilizó 165 designaciones de magistrados del Tribunal Supremo federal entre 1789 y 2022. De ellas, 128 recibieron el consentimiento del Senado y 37 no lo recibieron. De esas 37, 11 fueron rechazadas en una votación del Senado.

Ahora bien, en Estados Unidos es el presidente quien elige al candidato y el Senado quien da su consentimiento. En Corea del Sur, este caso surgió en otra fase: el presidente del Tribunal Supremo ya había presentado un candidato y el presidente del país no envió la solicitud de aprobación a la Asamblea Nacional. Ni quien elige al candidato ni el procedimiento son los mismos. Por eso no se puede usar el número de rechazos de Estados Unidos como caso de comparación directa con esta petición de nueva propuesta.

Qué pasó después de publicar el artículo y qué no pudimos comprobar

El 9 de septiembre, Law Times informó de que el Tribunal Supremo previsiblemente formará de nuevo el comité de recomendación para volver a proponer un sucesor del exmagistrado Noh Tae-ak. En esta comprobación no conseguimos un comunicado oficial del Tribunal Supremo que corresponda a esa información. Por eso no lo anotamos como una decisión firme, sino solo como una información de prensa con su fecha.

No pudimos comprobar todos los registros de propuestas entre 1987 y 2026. Por eso la expresión «la primera vez en 39 años» se ha quitado del texto y de los datos del artículo. Si los dos candidatos son idóneos como magistrados del Tribunal Supremo tampoco es algo que este artículo deba juzgar.

Fuentes
  1. Briefing sobre la petición de nueva propuesta de candidatos al Tribunal Supremo — presidencia (2026.08.28)
  2. Propuesta de nombramiento de magistrados del Tribunal Supremo — Tribunal Supremo (2026.08.18) · no se pudo acceder en esta comprobación por un problema de certificado
  3. Constitución de la República de Corea, artículo 104 — Centro de Información Jurídica de Corea
  4. Ley de Organización Judicial, artículo 41-2, párrafos 6 y 7 — Centro de Información Jurídica de Corea · la pantalla en la que sí se ven la recomendación de al menos el triple de candidatos y el respeto a esa recomendación
  5. Ley de la Asamblea Nacional, artículo 46-3 — Centro de Información Jurídica de Corea
  6. Ley de Audiencias de Confirmación, artículo 6 — Centro de Información Jurídica de Corea
  7. Enlace de referencia a la Constitución y a la Ley de Organización Judicial que traía la versión anterior — Centro de Información Jurídica de Corea · se conserva para mantener la URL; los textos que sirven de base a esta corrección son los enlaces oficiales individuales de arriba
  8. Información sobre la petición de nueva propuesta — Law Times (2026.08.28)
  9. Información sobre el anuncio de la presidencia — Kyunghyang Shinmun (2026.08.28)
  10. Información que recoge la valoración de «primera vez en la historia constitucional» — Money Today (2026.08.28) · esa valoración histórica no se verificó de forma independiente
  11. Información sobre la declaración de 84 juristas de la 14.ª promoción — Asia Economy (2026.09.02)
  12. Información sobre la declaración de 27 exalumnos de Derecho de la Universidad Nacional de Seúl, promoción de 1976 — Law Times (2026.09.03)
  13. Información sobre las palabras del presidente del Tribunal Supremo al reincorporarse — Cheonji Ilbo (2026.09.03)
  14. Supreme Court Nominations, 1789 to 2022 — CRS
  15. Información sobre la previsión de volver a formar el comité de recomendación — Law Times (2026.09.09)

Este artículo se escribió abriendo y comprobando directamente el briefing de la presidencia y los textos legales del Centro de Información Jurídica de Corea. La página de avisos del Tribunal Supremo tampoco se abrió esta vez por un problema de certificado, así que el hecho y la fecha de la propuesta del 18 de agosto se confirmaron con el briefing de la presidencia. El número de personas que firmaron las declaraciones y lo ocurrido después se anotan tal como lo transmitió cada información de prensa. Si se trata de «la primera vez en la historia» y cuál es la conclusión final sobre la interpretación de la Constitución no se tratan como hechos comprobados. La IA ayudó a redactar este artículo.

#Tribunal Supremo#independencia judicial#Constitución artículo 104#separación de poderes#política de Corea del Sur

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